Días atrás, se hizo pública una nota de los familiares de Ramón Ramírez, asesinado en el mes de Abril de más de treinta puñaladas, en donde acusaron al fiscal de la causa de trabar la investigación y recriminaron al Intendente Héctor Vega el no dar respuestas a la familia y el no hacerse de cargo de su rol de "Jefe de Policía por Ley". Al respecto, el mandatario municipal realizó esta solicitada que se transcribe a continuación:
En relación a la nota
publicada días pasados por la familia Ramírez de ésta ciudad,
(referida a la falta de esclarecimiento del asesinato del ciudadano Ramón Argentino
Ramírez), ocurrido en el mes de abril del presente año en nuestra ciudad, me
veo en la necesidad, de contestar y aclarar varios términos de la misma,
especialmente, en lo que a la investidura como intendente y ciudadano de mi
comunidad me incumbe, no sin antes aclarar, que no es mi característica ni mi
intención el estar permanentemente confrontando periodísticamente con las
distintas opiniones que la actividad democrática comúnmente genera.-
Ahora bien, me
atribuyen en dicha nota la supuesta calidad de “Jefe de la Policía por Ley”, seguramente haciendo referencia a
ciertas facultades o atribuciones de Coordinación de la labor y responsabilidad
que los intendentes tenemos en los Concejos de Seguridad Municipales que fueran
establecidos, por la reciente y celebrada Ley Provincial de Seguridad Publica, ley que
fuera sancionada y promulgada recién hace pocos meses.-
Vale entonces, la
primera aclaración en relación a lo normado por dicha Ley: NO SOY NI SERE “EL
JEFE DE POLICIA”, ya que el Jefe de la Policía de Machagai, fue, es y seguirá siendo el funcionario policial que
esté a cargo de la Comisaría y fuera designado con tal jerarquía por la
Jefatura de Policía Provincial que a su vez,
depende directamente del Ministro de Gobierno de la Provincia.-
Me sorprende entonces…
el porqué de la intención? -o “mala
intención” si se quiere- de atribuirme tales potestades y responsabilizarme
directamente por su accionar.-
Iguales
consideraciones cabe entonces aclarar, respecto de las obvias responsabilidades por su conducta y ejercicio
de sus funciones, les cabe a los
funcionarios judiciales: la fiscalía de Investigaciones en turno o el Juez de
Paz local.-
Al respecto, y por
uno de los Principios Básicos Constitucionales –que estimo dicha familia no
puede ni debe ignorar, y mucho menos la Dra. Viviana Ramírez
(abogada), con quién tuve la deferencia de ir a hablar a su domicilio por su
expreso pedido-, cuál es el Principio
de la División de Poderes,
resultaría más que inapropiado que, quien
hubiera sido electo intendente democráticamente, ignore tales principios e
intente avasallar el ejercicio de la libre actividad jurisdiccional, en
atribuciones que van más allá de gobernar, es decir, pretendiendo también el
juzgar, actitudes que considero son solo
reservadas para aquellos regímenes políticos monárquicos o totalitarios.-
Ahora bien, no voy a
eludir la responsabilidad que me confiriera –no por única vez-, sino
por tercera vez consecutiva esta comunidad la comunidad de Machagai, de
seguir bregando por el INTERES GENERAL y la paz y armonía de mis conciudadanos.-
En tal sentido, y
siempre en el ámbito de la legalidad que caracterizó siempre mi accionar
público y privado, acepte días
pasados en Asamblea de las
Instituciones, presidir el Concejo de Seguridad Pública Municipal, lugar
desde donde, con el esfuerzo y la colaboración desinteresadas de todos,
lucharemos por el desarrollo y consecución de los objetivos primordiales de la
referida ley provincial, entre ellos, la prevención y disminución de los
delitos, pero, con las funciones de cada
uno desde su lugar y responsabilidad: la policial al ejercer el control y la
fuerza pública, la justicia para seguir adelante con los procedimientos y
mandatos que la Constitución y el poder jurisdiccional les otorga y exige.-
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