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martes, 22 de mayo de 2012

La Justicia suspendió la elección de la Convención Radical en Machagai


El Juez Federal Carlos Skidelsky hizo lugar este martes a una medida cautelar solicitada por un grupo de convencionales del Nuevo Espacio Abierto. Decidieron suspender todas las decisiones adoptadas por la Convención Radical que se reunió en Machagai el pasado 5 de mayo. Cabe recordar que, los convencionales del NEA se retiraron de la convocatoria denunciando irregularidades en la cantidad de convencionales que sufragaron en la misma.




El Juez Federal Carlos Skidelsky hizo lugar este martes a una medida cautelar solicitada por un grupo de convencionales del Nuevo Espacio Abierto. Decidieron suspender todas las decisiones adoptadas por la Convención Radical que se reunió en Machagai el pasado 5 de mayo.


Cabe recordar que, los 81 convencionales del NEA se retiraron de la convocatoria del máximo órgano partidario denunciando irregularidades fundadas en la argumentación de que el período de acreditación se cerró con 140 representantes titulares y 15 suplentes. Sin embargo, tras la votación nominal para designar los integrantes de la Comisión de Poderes se contabilizaron más de 200 convencionales sobre 155 habilitados al cierre de la Mesa de Acreditaciones y anunciado tanto por el Presidente y el Apoderado del Partido. Según la argumentación del otro frente envuelto en la polémica, Convergencia Social, luego del anunció de dicho número de convencionales acreditados, no se había cerrado el período de acreditación.



Los representantes del NEA decidieron acudir a la Justicia Federal con Competencia Electoral para que se expida al respecto de las graves irregularidades denunciadas públicamente, tramitado el expediente 1219/12, el Juez Federal decidió hacer lugar a la Medida Cautelar Innovativa” y disponer ordenar “a las autoridades de la Convenciòn Provincial UCR – Distrito Chaco a que se abstenga de sesionar como cuerpo colegiado hasta tanto este magistrado resuelva la causa principal contenciosa-electoral que se encuentra en trámite en la Secretaría Electoral” en tanto se tramita y resuelve la acción de amparo promovida.


Para el Magistrado corresponde “decidir este Juzgador si resulta viable la interposición de la presente medida cautelar para declarar la nulidad de la conformación y de las decisiones tomadas por la Convención Provincial" teniendo en cuenta que “la causa de verosimilitud exigible para hacer lugar a tal medida se encuentra cumplida” porque “debe ser entendida como la probabilidad de que el Derecho exista, y no como una incontestable realidad que solo se logrará al agotarse el trámite”.


Skidelsky consideró que “otro requisito indispensable como es el peligro de la demora” y que “se observa la posibilidad real de que la Convención Provincial de UCR que resultar electa en la reunión cuestionada, pudiere tomar decisiones que terminen por consolidar a dicho Cuerpo Colegiado cuando el mismo se halla atacado en cuanto a su nueva conformación desde su propio origen, hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo”.


Fuente: Diario Chaco.

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